miércoles, 3 de diciembre de 2014

WCU / CHILE - COMUNICADO OFICIAL

Estimados, cumplo en informarles de acuerdo a instrucciones recibidas desde la DGMN - Ministerio de Defensa , lo siguiente (Tal cual me fue enviado ):

SEÑORES REPRESENTANTES E INSTRUCTORES DE ARTES MARCIALES
PRESENTE

De mi consideración y respeto:

Como es de su conocimiento, cuando los Maestros de Artes Marciales concurrieron a una reunión con el Sr. Director General en nuestras dependencias, en donde se les informó la situación en la que se encuentra la ley 18.356 sobre control de artes marciales en nuestro país, solicitaron mayor fiscalización y control para evitar que falsos instructores engañen a terceras personas, con certificaciones, credenciales y diplomas que otorgan, los cuales no tienen ninguna validez ante la ley.

Al respecto, en efecto, desde el año 2003, cuando se traspasó a la ley 19.712 las disciplinas de taekwondo, karate y kendo, se provocó una desigualdad y quedaron en desventaja aquellos que enseñan, practican y difunden las demás disciplinas y estilos, quienes continúan bajo el control de la ley 18.356, provocando que algunos exponentes, para no ser fiscalizados, argumenten enseñar combinaciones o derivados de karate, taekwondo o kendo ("deportes").

No obstante, existen Representantes e Instructores, que pesar de aquello y las desventajas asociadas, cumplen la norma legal de una manera tan ejemplar y oportuna, que no cabe otro término para reconocerlos y respetarlos como verdaderos "MAESTROS".

Por el contrario, existen también aquellos que les cuesta un poquito tener sus permisos conforme a lo dispuesto en la ley, es decir, ejercen en forma ilegal, con razón o sin ella, falta de tiempo o dificultades para efectuar los trámites, etc., con el agravante de efectuar seminarios, exhibiciones y eventos sin estar autorizados, involucrando a maestros, instructores y alumnos que concurren de regiones a ellos (e incluso en otras ocasiones a autoridades civiles), arriesgando que se les suspenda el evento y sean denunciados a los tribunales competentes.

Me duele cuando tengo que denunciar a algún maestro que va a realizar una actividad, sin estar con su permiso vigente ($ 5.000), no obstante, por ley debo hacerlo. En efecto, el Código Procesal Penal señala que es obligatorio para toda autoridad, empleado público, instituciones, etc., una vez tomado conocimiento de un delito, denunciarlo a los tribunales.

Por Ejemplo: Y pido disculpas si incurro en errores, pero es solo eso, un ejemplo: SEMINARIO DE NINJUTSU EN SAN ANTONIO (20.DIC.2014). La pregunta es, ¿ESTA AUTORIZADA POR LEY ESTA ACTIVIDAD?, si me preguntan a mi, NO. Es sólo un ejemplo, entre otros que se señalan:

- SEMINARIO EN PTO. MONTT (NO)
- SEMINARIO DE ACADEMIA DE NINJUTSU EN PTA. ARENAS (NO)
- SEMINARIO EN SANTIAGO (NO), etc.

Conforme a lo anterior, respetuosamente le pido ayuda fiscalizadora a los Srs. Representantes e Instructores, con el propósito de engrandecer a las artes marciales y ubicar a todos los "MAESTROS" en el pedestal que les corresponde estar, allá "arriba" muy lejos de lo que yo soy, pero algún día llegaré y seré igual que mi "MAESTRO"....

Compartan este COMUNICADO con sus dirigidos y consulten por cualquier actividad que se desarrolle o si un determinado instructor está autorizado (PREVENCIÓN).

Atte. Eduardo Soto González
Administrador Ley de Artes Marciales

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